
EO organizó un taller diseñado para capacitar a las comunidades indígenas de la zona de Muna, en Yucatán, México, sobre las características del Consentimiento Previo, Libre e Informado –CPLI – los estándares de estudios de impacto social y ambiental, y mejores prácticas internacionales sobre protección de los Derechos Humanos para proyectos energéticos.
En el taller participó también el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), y contó con la asistencia de aproximadamente 30 personas.
El parque solar, fue subastado en 2016 por el gobierno mexicano, y requiere 762 hectáreas de selva mediana.
El objetivo del taller fue fortalecer las capacidades de los participantes para monitorear un proceso efectivo de Consentimiento Previo, Libre e Informado, y además, incrementar el entendimiento por parte de la comunidad sobre la Evaluación de Impacto Social (EVIS) que realizó la compañía y que fue aprobado por SENER. El taller se realizó bajo el marco del Estándar de EO100™ para el desarrollo responsable de energía.
El mega-proyecto, denominado Ticul A y Ticul B, sería uno de los parques de energía solar más grande en América Latina con más de un millón de paneles solares. Sin embargo, el proyecto se detuvo después de que la comunidad se quejó, en un foro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en diciembre de 2016, que el Estado mexicano no los había consultado de acuerdo a la legislación.
Las nuevas leyes de México exigen que el Ministerio de Energía (SENER) realice una consulta previa para obtener el consentimiento previo y libre de las comunidades indígenas que podrían verse afectadas por un proyecto de energía. Desde que las leyes entraron en vigencia como parte de la reforma energética de México en 2014, SENER ha iniciado 14 proyectos solicitando consultas previas (13 de estas afectan comunidades indígenas); solo 9 obtuvieron el consentimiento, mientras que los otros 5 siguen siendo disputados.
Incluso los proyectos de energía limpia deben considerar los impactos en las partes interesadas y los ecosistemas locales, y adoptar estrategias de consultación efectivas para garantizar que los derechos de las comunidades y de los Pueblos Indígenas sean respetados en la transición a la energía renovable.
